Avales y seguros de caución para puntos de conexión a la red eléctrica

Aval para punto de conexión fotovoltaica

Avales de punto de conexión

*Artículo Actualizado al Nuevo Real Decreto

Los avales de acceso a la red o avales de punto conexión fotovoltaica se presentan como garantía para optar a la posibilidad de conectar la planta de nueva creación a la red eléctrica. Por tanto, entrarían dentro de lo que se denominan fianzas de cumplimiento legal, es decir, son obligatorios.

Las garantías para puntos de conexión son exigidas por las Administraciones correspondientes para constatar la fiabilidad de los proyectos. Además, las garantías económicas presentadas no se podrán retirar (salvo excepciones) hasta obtener la autorización de explotación. De esta forma el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico quiere eliminar las especulaciones en este tipo de proyectos.

Con la entrara en vigor del nuevo Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, los avales de las instalaciones fotovoltaicas cobran aún más importancia, ya que según la nueva normativa los permisos de acceso y conexión a la red se autorizarán por prelación temporal. Por ello, en el caso que dos solicitudes coincidan en el tiempo, se tomará como fecha primera la fecha de constitución de la garantía económica.


Cuantía del aval de fotovoltaica

La cuantía de los avales de puntos de conexión, se ha visto variado en los últimos años. Hoy en día, con el último cambio en la normativa, el importe del aval de punto de conexión es de 40€/KW instalado.

No obstante, existen exenciones a la hora de aportar dicha garantía:

  • Cuando la potencia de la instalación sea <15KW.
  • Cuando sea una instalación tipo I destinada únicamente al autoconsumo.

Una instalación fotovoltaica de tipo I, por lo general, está destinada al autoconsumo. Sin embargo, existen instalaciones tipo I que tienen consideración de producción, en estos casos sí que habría que aportar la garantía de punto de conexión.

 

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¿Cómo se presenta el aval de punto de conexión?

Dependerá de la potencia de la instalación. Según prevé la ley, éstas son las dos opciones:

  • La Dirección General de Política Energética y Minas para aquellas instalaciones con una potencia superior a 50 MW o instalaciones con una potencia inferior a 50 MW en una ubicación offshore.
  • El Órgano Autonómico competente para aquellas instalaciones con una potencia igual o inferior a 50 MW.

 

¿Cuándo se presenta el aval?

El aval se presenta junto a la documentación para solicitar el punto de conexión a la red suministradora de la zona. Es un documento obligatorio para comenzar a estudiar la solicitud. 

 

Seguro de caución como aval para puntos de conexión a la red eléctrica

La mejor forma de presentar los avales para puntos de conexión es mediante seguro de caución, tanto por su agilidad en la tramitación como por el ahorro económico para el promotor de la instalación.

Además, presentar una garantía renovable mediante caución tiene otras ventajas para la empresa:

  • No compromete las condiciones financieras de la empresa, al no quedar reflejada la deuda en la CIRBE.
  • No es necesario inmovilizar el importe del aval. Ese dinero seguirá estando a disposición de tu empresa.
  • No tiene comisiones. No existen comisiones de mantenimiento, entre otras.

En resumen, optar por un seguro de caución suele ser la opción más lógica, ya que las condiciones financieras son mucho mejores. 

 

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