SEVILLA · MADRID · CARACAS
Abierto el plazo para nuevas solicitudes de suspensiones y contingentes arancelarios
El Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR) ha abierto el plazo para las nuevas solicitudes de suspensiones y/o contingentes arancelarios. El plazo para presentar las solicitudes termina el 15 de febrero de 2022.
Las solicitudes aprobadas se acogerán a los beneficios arancelarios a partir de 1 de enero de 2023 y durante cinco años.
Al terminar estos cinco años, las empresas que quieran continuar con la suspensión tendrán que rellenar una nueva solicitud.
¿Qué son las suspensiones arancelarias autónomas?
Es una medida que permite la suspensión del pago de aranceles de productos o inputs importados cuando no existe producción comunitaria.
¿Qué son los contingentes arancelarios autónomos?
Los contingentes son una medida para supender de forma total o parcial el pago de los aranceles de productos importados dentro de unos límites cuantitativos y se produce cuando no hay producción comunitaria suficiente que cubra la demanda existente.
Requisitos para suspensiones y contingentes arancelarios
Para poder beneficiarse de esto, los productos importados deben cumplir estas tres condiciones:
- Ser productos importados para transformación ulterior, como son las materias primas, productos semi-acabados o componentes. En ningún caso productos terminados.
- Productos importados que no sean producidos en la Unión Europea o se produce en cantidades insuficientes a la demanda.
- El valor de los derechos arancelarios supera los 15.000€/año.
Suspensiones y Contingentes arancelarios UE
Esta exención total o parcial de los derechos aduaneros llega un momento de crisis, a la que se le une, que cada vez más, la industria europea y española depende de las materias primas importadas para su actividad.
La Unión Europea aprueba las suspensiones y contingentes arancelarios para mejorar la competitividad de las empresas europeas, con la exención total o parcial de derechos aduaneros en materias primas, semi-acabados o componentes no existentes o de cantidades insuficientes en la UE.
¿Quién puede solicitar una suspensión o contingente?
Cualquier empresa de la Unión Europea, o su representante, y siempre que el valor de los derechos arancelarios supere 15.000€/año. También pueden unirse varias empresas comunitarias.
Documentos para la solicitud de suspensiones y contingentes arancelarios
Aquí puedes descargarte los documentos necesarios para presentar las nuevas solicitudes:
- Solicitud de suspensión o contingente arancelario. Parte I y II.
- Solicitud de suspensión o contingente arancelario. Parte III.
- Declaración de inexistencia de acuerdo comercial exclusivo.
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